La Comisión del Codex Alimentarius aprobó nuevas directrices internacionales sobre el uso del etiquetado precautorio de alérgenos, la mención “puede contener” que figura en un sinnúmero de productos alimenticios en todo el mundo. La decisión se adoptó durante el 49.º período de sesiones de la Comisión (CAC49), realizado en Ginebra del 6 al 10 de julio de 2026, y fue incorporada como anexo a la Norma General del Codex para el Etiquetado de los Alimentos Preenvasados (CXS 1-1985).
Según la FAO, se estima que las alergias alimentarias afectan al 4,3 % de la población mundial, con reacciones que van desde síntomas leves hasta anafilaxis potencialmente mortal. Para millones de consumidores, la mención “puede contener” puede ser determinante a la hora de decidir si un alimento es seguro. Sin embargo, su uso varía enormemente entre productos y países, y en gran parte del mundo aún no está regulado, lo que genera información inconsistente: algunas personas evitan sin necesidad alimentos que sí son seguros para ellas, mientras otras terminan por desconfiar de la advertencia y la ignoran.
Cómo llega el alérgeno sin ser un ingrediente
Durante la producción de un alimento pueden incorporarse de forma no intencionada trazas de alérgenos que no forman parte de la receta. Es el caso, por ejemplo, de una tableta de chocolate sin frutos secos elaborada en la misma línea que otros productos que sí los contienen, o de ingredientes como harina, leche en polvo o sésamo que se transfieren de forma involuntaria durante el almacenamiento, el transporte o la manipulación conjunta. Frente a ese riesgo residual, las nuevas directrices buscan que “puede contener” se use solo cuando el peligro se haya evaluado científicamente y no pueda controlarse mediante buenas prácticas de gestión de alérgenos, en lugar de emplearse como un sustituto genérico de esas prácticas.
Cinco pasos antes de escribir la advertencia
El nuevo marco propone una secuencia de decisión para las empresas alimentarias:
- Gestión y buenas prácticas: implementar medidas de fabricación que eviten o reduzcan la presencia involuntaria de alérgenos.
- Medidas de mitigación: aplicar controles adecuados frente al riesgo de contaminación cruzada.
- Evaluación de riesgo: analizar cualitativa o cuantitativamente la presencia involuntaria del alérgeno.
- Comparación con el nivel de acción: contrastar la presencia del alérgeno con umbrales basados en dosis de referencia (RfD).
- Decisión sobre el etiquetado: usar “puede contener” únicamente si la presencia involuntaria supera el nivel de acción.
Las recomendaciones se apoyan en el asesoramiento científico de siete consultas conjuntas de expertos convocadas por la FAO y la Organización Mundial de la Salud (OMS), que en los últimos años establecieron dosis de referencia (RfD) para los principales alérgenos prioritarios. El texto complementa otras normas vigentes del Codex sobre declaración y gestión de alérgenos, entre ellas el Código de Prácticas sobre la Gestión de los Alérgenos Alimentarios (CXC 80-2020).
Un texto voluntario, pero con peso internacional
Los textos del Codex Alimentarius, el organismo intergubernamental establecido por la FAO y la OMS, tienen carácter voluntario, pero funcionan como referente internacionalmente reconocido para las legislaciones nacionales y como base para facilitar el comercio de alimentos entre países. En ese sentido, la nueva directriz ofrece a gobiernos e industria un lenguaje técnico común para justificar cuándo un etiquetado precautorio está realmente respaldado por ciencia, y no solo por precaución comercial.


