Europa da un giro digital a su batalla contra la pesca ilegal. A partir del pasado 10 de enero de 2026, todo importador que traiga productos pesqueros a la Unión Europea deberá utilizar CATCH, una plataforma en tiempo real que centraliza la validación de certificados de captura y promete dejar atrás el papeleo, pero también elevar el nivel de exigencia documental.

CATCH forma parte de TRACES NT, el sistema europeo de trazabilidad, y su adopción marca un cambio de era. Los importadores europeos no tienen alternativa: desde esta semana deben cargar en la plataforma cada certificado y la información de respaldo para cualquier envío sujeto al Reglamento contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR). Los exportadores y autoridades de terceros países, en cambio, pueden optar por sumarse de forma voluntaria. Bruselas lo “recomienda encarecidamente” para evitar retrasos, pero no lo impone. La advertencia implícita es clara: quien siga emitiendo documentos en papel obligará al importador europeo a digitalizarlos manualmente, con riesgo de errores, campos incompletos y trabas en frontera.

La plataforma no solo digitaliza: también exige más información. El nuevo modelo de certificado incorpora campos que antes eran opcionales o inexistentes, con el objetivo de reconstruir la cadena pesquera desde el primer lance de red. Entre los datos reforzados figuran el número IMO del buque (o identificador único alternativo), el arte de pesca utilizado, las fechas exactas de captura por marea y una geolocalización más precisa: además del área FAO, ahora se debe especificar si la captura fue en zona económica exclusiva, alta mar o dentro del área de gestión de una organización regional de pesca (OROP). La lógica es cruzar esta información con normativas de conservación y listas de buques sancionados. Cuanto más detalle, más fácil detectar incoherencias.

Hasta ahora, muchos productos procesados viajaban con el certificado de captura sin mayor distinción. Eso cambia. Desde el 10 de enero, cualquier producto que haya sido fileteado, ahumado, cocido o enlatado tras el desembarque debe llevar además una declaración de procesado (Anexo IV), incluso si la transformación ocurrió en el mismo país de pabellón. Este documento incluirá un número único de validación, reforzando la cadena de custodia. Operaciones simples como congelar o envasar no activan la obligación, pero todo lo que implique modificación sustancial del producto, sí.

Las rutas con escalas, almacenes intermedios o partidas que se dividen en varios destinos generan un punto ciego tradicional en el control. Para cerrarlo, la UE crea el “non-manipulation document”, obligatorio también desde el 10 de enero. Este certificado acredita que el producto no fue alterado durante el tránsito y que permaneció bajo supervisión de una autoridad competente. Un conocimiento de embarque (bill of lading) no sirve como sustituto, porque no certifica esa vigilancia oficial.

Para evitar el caos inmediato, Bruselas establece un colchón de dos años: hasta el 10 de enero de 2028, CATCH aceptará información de certificados emitidos bajo los formatos antiguos, siempre que hayan sido validados antes de la fecha de corte. Pero incluso esos documentos antiguos deberán presentarse a través del sistema digital. Además, quedan sin efecto los acuerdos administrativos con siete países —Noruega, Islandia, Estados Unidos y Canadá entre ellos— que hasta ahora podían usar sus propias plantillas. Se prevén mecanismos de adaptación específicos para estos casos.

CATCH es solo el primer escalón. La Comisión ya planea su integración con la ventanilla única aduanera europea (EU CSW-CERTEX) antes de enero de 2028. Cuando eso ocurra, las decisiones de autorización o rechazo en materia de pesca ilegal se transmitirán automáticamente a los controles aduaneros, cerrando el círculo de vigilancia en frontera.

El riesgo operativo recae sobre quien no se adapte. Si un exportador envía un certificado en papel con campos incompletos, el importador europeo deberá pedir corrección y reemisión, dilatando el proceso. Si falta información obligatoria, el sistema simplemente no tramita el documento. Bruselas lo plantea en términos pragmáticos: la digitalización desde origen acelera flujos y evita fricciones. El papel, en cambio, “inevitablemente” genera demoras.